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Mostrando las entradas etiquetadas como Aduanas

Reforma de la Ley de Impuesto Sobre La Renta Año 2015 (Venezuela)

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En la Gaceta Oficial extraordinaria Nro. 6.210 del 30/12/2015 se publica la Reforma parcial del texto de la Ley de ISLR. Esto mediante Decreto con Rango, fuerza y valor de Ley Nro. 2.163 modifica a los artículos 5, 32, 52, 86 (Ahora artículo 84); 173 (Ahora artículo 171) y 195 (Ahora artículo 193). Dicha reforma suprime dos artículos (El 56 y 57). El artículo que refiere a la vigencia de la Ley también es reformado, (Artículo 200, ahora el 198). En razón de la supresión de dos artículos, desde el anterior artículo 58 y todos los demás que le siguen, quedan con una numeración adecuada a dicha modificación del correlativo. Con la modificación de los artículos 5 y 32 de la LISLR, se realiza un cambio relevante a efectos de determinar el enriquecimiento neto a partir del cual determinar el tributo, el artículo 5  establece que las rentas ahora se considerarán disponibles en el ejercicio fiscal en que se realicen las operaciones que les producen, es decir, cuando se causen, m...

Comentarios de la nueva Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras.

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Mientras muchos se preparaban como de costumbre para la cena de fin de año, los tributaristas, contadores, administradores, empresarios y todos los ciudadanos afines a la organización estábamos pendiente de los anuncios presidenciales, en estos días estaré haciendo mi comentario de aquellas leyes que poco a poco ire leyendo, aclaro son mis comentarios, tal vez algunos estén limitados, o se queden corto frente a tantos cambios, por ello no me considero experto en estas leyes y considero sería prematuro que alguien diga que lo es. Comienzo por comentar lo señalado en el Decreto con Rango, Valor o Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras , publicado en la Gaceta Especial 6.210 Decreto N° 2.163 de fecha miércoles 30 de Diciembre del año 2015, en su Artículo 4, donde frases menos o frases más, califica, que toda persona natural o jurídica que sea Sujeto Pasivo Especial deberá cancelar este tributo al consumo. Señala la misma norma citada en su Artícul...

PERCEPCIÓN DEL IVA EN LICORES ¿Qué es eso mi DIOS?

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Con la entrada en vigencia de la Imagen del Agente de Percepción hay muchas dudas, pero recuerde solo usted decide cual le convence y al parecer, cada cual hace lo mejor que puede frente al silencio de la Administración Tributaria de competencia... Perceptor en el IVA es quien al facturar aplica el IVA del comprador y PERCIBE el IVA del siguiente cliente, de allí en adelante es parte del precio, osea el consumidor final (No contribuyente lo paga pero como costo, que de hecho siempre ha sido así) La 1ra duda es quien es PERCEPTOR en materia de licores  " De conformidad con la  PA 0018 (2015)  se designa a los fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas, estos deberán percibir de sus clientes el IVA (Que se generaran en ventas posteriores, es decir cuando estos vendan a otros)" Lea bien, solo estos sujetos de la cadena de comercialización son PERCEPTORES, el resto no... Origen de la Cadena: Fabricantes, productores artesa...

En Gaceta Oficial N° 40.554 de este miércoles 03 de diciembre de 2014, la Presidencia de la república emitió el Reglamento sobre Tasas Aduaneras que se desprende de la ley Orgánica de Aduanas.

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El Decreto N° 1.505 ordena que el monto recaudado por concepto de las tasas previstas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas se enterará al Tesoro Nacional, previa deducción del 50%, el cual se destinará a cubrir las necesidades del servicio aduanero.   Tasas por habilitación El reglamento fija las siguientes tasas por habilitación: -Cuando se habilite el servicio aduanero fuera de las horas ordinarias de labor o en días no laborables dentro  de la zona primaria de la aduana, el usuario pagará 1 U.T. por cada hora o facción. - Cuando se trate de habilitación en sitios distintos a la zona primaria de la aduana, en día u horas laborables, el usuario pagará 2 U.T. por cada hora o facción. - Cuando se trate de habilitación en zonas distintas a la zona primaria de la aduana, en días u horas no laborables, el usuario pagará 3 U.T. por cada hora o facción.   Tasas por consulta de habilitación arancelaria Cuando el usuario presen...

Gaceta 6.155: Reforman Ley Orgánica de Aduanas

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La Presidencia de la República,  a través del Decreto N° 1.416 publicado en la Gaceta Extraordinaria N° 6.155  del pasado  miércoles 19 de noviembre, dictó la Reforma de la Ley Orgánica de Aduanas. Dentro de las modificaciones realizadas al la Ley de Aduanas, de establece que todo vehículo que practique operaciones de tráfico internacional, terrestre, marítimo y aéreo, deberá contar con un representante domiciliado en el lugar del país donde vaya a efectuarse dichas operaciones, quien construirá garantía permanente y suficiente a favor del Tesoro Nacional, para cubrir los gatos en que pudiera incurrir los porteadores, de las cuales será responsable solidario. Los representantes de varias empresas de vehículos podrán prestar una sola garantía para todas aquellas líneas que represente. Los vehículos que arriben al país y no cuenten con el representante legal exigido, no podrán practicar ninguna operación o actividad hasta que no cumplan con el requisito. Por su parte...