sábado, 18 de abril de 2015

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA EXENCIÓN DE ISLR PARA INSTITUCIONES BENÉFICAS Y DE ASISTENCIA SOCIAL SIN FINES DE LUCRO

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA EXENCIÓN DE ISLR PARA INSTITUCIONES BENÉFICAS Y DE ASISTENCIA SOCIAL SIN FINES DE LUCRO
1. Carta De Solicitud de exención Dirigida A La Gerencia De Servicios Jurídicos Del Seniat, Utilizando Como Base Legal El Numeral 3 Artículo 14 De La Ley De Islr Y Art. 17 Reglamento Ley Islr
2. Timbres Fiscales Por 0,5 Unidades Tributarias (Bs.75)
3. Fotocopia Del Documento Constitutivo Y Sus Ultimas Modificaciones
4. Fotocopia Del Rif Actualizado
5. Fotocopia De La Cédula De Identidad Del Rep. Legal
6. Fotocopia Del Rif Del Rep. Legal Actualizado
7. En Caso De Tener Por Objeto De Índole Religioso Anexar Inscripción En La Dirección De Cultos Del Ministerio Del Interior Y Justicia
8. En Caso De Tener Por Objeto De Índole Educativo Anexar Inscripción En El Ministerio De Educación.
En relación a las IGLESIAS, es menester dar a conocer nuestra opinión en relación a la gravabilidad de las ofrendas.
Es nuestro parecer que para ser considerado un ingreso gravable las ofrendas debe de existir paralelamente la contraprestación de un servicio y si no es el caso puede considerarse una liberalidad por lo tanto sujeto a la ley de impuesto sobre sucesiones y donaciones cuando el bien recibido supere las 25 unidades tributarias que seria 150 U.T. x25=3750 Bs. , para ser gravable si supera dicho monto se considera una liberalidad gravado por la ley de impuesto sobre sucesiones y donaciones cuya tarifa según la ley es de un máximo de 55% del valor del bien donado.
Es importante destacar que a pesar de declarar islr como exenta paralelamente debe de considerar su sitiuacion con respecto al IVA que para gozar del beneficio de exencion o exoneracion de IVA debe de estar respaldado por el articulado de la normativa de iva via exencion o exoneracion
Maria Rosa campos
Abogada - Magister en Hacienda Publica y administracion Tributaria internacional

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