El Código Orgánico Tributario (COT), establece un aumento del 200 por ciento del monto de las sanciones a Contribuyentes Especiales, pues por “tratarse de grandes conglomerados no hay excusas para evadir los controles tributarios y fiscales”, afirmó Cabello.

Adicionalmente, existía la incidencia de la suspensión de los efectos del acto de cobro que se está eliminando para evitar que grandes empresas introduzcan recursos jerárquicos para paralizar los cobros, esto proporcionará a la Tesorería ingresos adicionales por el orden de los 70 u 80 millardos de bolívares para el año 2015.

También se otorga a la administración tributaria la facultad de cobro ejecutivo, de manera que si una persona a la que se le va a cobrar está declarada en quiebra, ya no hay que ir a tribunales sino que el Servicio tiene la potestad para evaluar los activos y pasarlos al fisco directamente.

En cuanto a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), la reforma elimina este ajuste por inflación a las instituciones financieros (bancos, seguros, reaseguradoras, entre otros). Esta acción tendrá una incidencia cercana al 0.31 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB). Otro punto relacionado al ISLR es la eliminación de exenciones para las cooperativas, asociaciones y fundaciones, porque muchas se desvirtuaron e hicieron grandes contratos, pero se amparan en esta figura para evadir el pago del tributo correspondiente a sus ganancias. El Ejecutivo determinará cuáles cooperativas y asociaciones podrán gozar de estas exenciones.

En relación a las modificaciones efectuadas a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), indicó José David Cabello que no afectarán al IVA de 12% que se paga a la hora de adquirir un bien o servicio, sino a los artículos considerados de lujo donde se aumentó la alícuota adicional de 10 a 15 por ciento.

Respecto al Impuesto a las Bebidas Alcohólicas se hizo un ajuste de la alícuota del vino del 15 al 35% y otras bebidas alcohólicas, sin incluir la cerveza, del 15 al 50%. Igualmente, se eliminó el plazo de 90 días para pagar que se otorgaba a importadores de estos productos, ahora el impuesto de debe cancelar al momento de la nacionalización. Esta reforma también incluye al licor artesanal.

En cuanto a la Ley de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas de Tabaco, esta industria es la que mayor impuesto paga porque tiene una alícuota cercana al 75% a puerta de fábrica, pero se están haciendo ajustes para agilizar procesos y hacer efectivo el cobro, también se elimina el lapso de 90 días para el pago.

Adicionalmente, se hicieron ajustes a la Ley de Aduanas para establecer la declaración anticipada de todos los productos a importar y exportar 15 días antes de que se realice el procedimiento, para evitar el contrabando y el desabastecimiento, porque la Administración contará con información previa respecto a la mercancía.

Fuente: Reforma tributaria en función del pueblo (SENIAT)