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Mostrando entradas de noviembre, 2016

Formalidades de los libros contables (diario, mayor e inventario)

Conversando en estos días con unos Colegas notamos que muchas veces... No sabemos que libros deben estar cuando los fiscales no los piden y dicen debe estar en el negocio (ciertamente es así pero nuestro cliente no suelen llenarlos sino sus contadores o consultores). Tanto la normativa tributaria como el código de comercio exigen que se deben conservar en el negocio y estos son: En lineas generales: Diario . Mayor. Inventarios. De entradas y salidas. Y especiales (reajustes por inflación) Existen otros segùn el sector que sus respectivas normas lo exigen como es el caso de los libros especiales de mayor y menor de licores (Recomiendo si debe llevar libros de normas especiales se asesoré antes de tenerlos, administrarlos y llenarlos). Sin embargo deseo aclarar que solo el de INVENTARIO (Donde se vacía el Balance General y el Ganancias y Perdidas al cierre del ejercicio) y el de DIARIO (donde se asientan las operaciones diarias o el balance de comprobaciòn al men...

Bonificacion de fin de año (Pago del beneficio de utilidades)

Buen día, estos días de navidad es muy común de los patronos llamarme para consultarme acerca de las utilidades. Dicho esto comencemos a leer que dice la LOTTT al respecto y que podríamos interpretar. (Todos los comentarios en mayúsculas, resaltados o negritas son insertados por mí) Beneficios anuales o utilidades. Artículo 131. Las entidades de trabajo deberán distribuir entre todos sus trabajadores y trabajadoras, por lo menos, el quince por ciento (15%) de los beneficios líquidos que hubieren obtenido al fin de su ejercicio anual.   (ES DECIR SE DEBE HABER HECHO EL CIERRE DE EJERCICIO PARA SABER ESTE DATO). A este fin, se entenderá por beneficios líquidos, la suma de los enriquecimientos netos gravables y de los exonerados conforme a la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISTO AQUÍ NOS SEÑALA CLARAMENTE QUE QUIEN REALICE LA CONCILIACION PARA ESTE CALCULO DEBE ESTAR CAPACITADO PARA ELLO). Esta obligación tendrá, respecto de cada trabajador o trabajadora como lím...

¿Debo retener ISLR por el monto total de la factura o solo sobre el servicio?

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Buenos días, estimado cliente: Por razones de mal interpretación de la norma o desconocimiento de la misma, los contribuyentes y peor los fiscales de renta no comprenden que la base imponible de una factura es el subtotal antes del IVA, para el caso del ISLR… Si por omisión en una factura se colocan servicios (ejemplo fletes) y materiales, ambos serán pechado por la retención. Como se lee la base imponible es la magnitud del hecho imponible perfeccionado, al respecto Gómez (2009) la define “Base Imponible es el monto a partir del cual se calcula un Impuesto determinado” es decir   la base imponible, en materia del impuesto sobre la renta es el ingreso neto del contribuyente, no el bruto. Igualmente, l a normativa vigente que regula todo lo referente a las retenciones del impuesto sobre la renta en Venezuela está contenida en el decreto nº 1.808 del 23/04/1997, publicado en gaceta oficial nº 36.206 del 12/05 del mismo año, con vigencia a partir de esta ultima fecha, ...

De la Temporalidad de los Hechos Imponibles (IVA)

Una las preguntas que mas comúnmente me hacen con respecto al tema de IVA es en que Casos se puede diferir o mejor dicho enterar y pagar el IVA fuera de su fecha de emisión de la factura o su similar: LIVA. Capítulo III De la Temporalidad de los Hechos Imponibles Artículo 13. Se entenderán ocurridos o perfeccionados los hechos imponibles y nacida, en consecuencia, la obligación tributaria: 1.- En la venta de bienes muebles corporales: a) En los casos de ventas a entes públicos, cuando se autorice la emisión de la orden de pago correspondiente … Omiss. 3.- En la prestación de servicios: c) En los casos de servicios prestados a entes públicos, cuando se autorice la emisión de la orden de pago correspondiente . Omiss. Como podemos leer solo aplica el diferimiento por llamarlo así, al IVA originado en estas condiciones, una forma de saber si el ente es público es que su RIF comience en G, lo aclaro porque existen empresas o entes de estado que no son ...

Personal de direccion o de confianza.

Unos de los términos que escucho mencionan con mucha ligereza es “ES PERSONAL DE CONFIANZA”   Casi siempre utilizados para justificar excesos de parte del patrono. En el siguiente análisis presentaré   las calificaciones que contempla la ley orgánica del trabajo al respecto, es posible que la LOPCYMAT, El código civil, de comercio u otras normas definan algunas relaciones entre sujetos de derecho, en este ensayo solo me ceñiré a referirme al derecho laboral. Según la LOTTT: Trabajador o trabajadora de dirección. Artículo 37. Se entiende por trabajador o trabajadora de dirección el que interviene en la toma de decisiones u orientaciones de la entidad de trabajo, así como el que tiene el carácter de representante del patrono o patrona frente a otros trabajadores, trabajadoras o terceros, y puede sustituirlo o sustituirlas, en todo o en parte, en sus funciones. Comentario: Es decir es Trabajador (Ojo nunca deja de serlo por muy de dirección que sea) quien: I...