miércoles, 12 de octubre de 2016

Providencias 0257 y 0071 (Comparativos y comentarios)






Artículo Providencia Administrativa 0257
Artículo Providencia Administrativa 0071
Modificación
Varios Artículos

Se sustituye la Expresión "Providencia" por "Providencia Administrativa" para identificar a la Correspondiente norma emitida por el SENIAT.
1
Se INCLUYE Dentro de los Documentos Que se Rigen por la normativa Prevista en Providencia Administrativa Que Rige la emisión de facturas y Otros Documentos de las "certificaciones de Débito exonerado fiscal".
2
Se INCLUYEN Como Sujetos a la normativa Que Rige la emisión de facturas y Otros Documentos de las Personas Naturales Que sean Contribuyentes del IVA, Aun en los Casos En que SUS Ingresos Anuales sean Iguales o Inferiores un 1.500 UT
3
Extiende una ONU Plazo de dos (02) años Mas El LAPSO Para Que la Administración Tributaria Dicte las Normas para emisión de facturas en los Casos de Ventas de inmuebles, OPERACIONES financieras y las Realizadas por Bolsas de Valores y Agrícola. Este Plazo de FUE Un año establecido en la norma predecesora dictada en el Año 2007, Pero No se cumplio. Of this forma de la ONU da nuevo Plazo La Administración Tributaria para Cumplir Dicha Regulación especial.
6
Se Establece de forma Expresa Que los Sujetos Que Nos esten obligados Como utilizar una Máquina fiscal por la Disposición de los Previsto en el Artículo 8 de la Providencia Administrativa, podran Como utilizar de forma Simultánea Más De la ONU medio de impresión De Documentos. Es factible de, Que podrian utilizarse en forma Simultánea CUALQUIERA de los Medios de impresión previstos en el Artículo 6 de la Providencia Administrativa, un sable de: (a) Mediante Formas Libres, (b) Mediante Formatos y (c) Mediante Máquinas fiscales. This posibilidad f ESTABA ya Prevista en la norma precedente, Pero Ello por no Haber Una prohibition Expresa párr Hacerlo, y ninguna de Como Ocurre Ahora, Donde se Establece Una Autorización Expresa para aplicarla.
7
Por efecto de la inclusión de la ONU article nuevo, (el 25) se Corren los Artículos de alli en adelante. El Artículo 29 Que en la Providencia Administrativa 0257 establecía los Requisitos Que from La Imprenta Debian Contener los "Formatos" para una Ser el 30 y el Artículo 30 Que en la Providencia Administrativa 0257 establecía los Requisitos Que from La Imprenta Debian Contener las "Formas Libres "para una Ser el 31.
8.2
Se Modifica La Segunda Condición Para Que determinados Sujetos emitan facturas Exclusivamente un Través de "maquinas fiscales". En la Providencia Administrativa 0257 se establecía Que Dicha condición f época Que: "El Número de Operaciones de ventas o Prestaciones de Servicios con Sujetos Que No Sean Contribuyentes ordinarios del Impuesto al Valor Agregado , al mar superior a las efectuadas con Contribuyentes ordinarios de DICHO impuesto" y Ahora en la nueva norma se estipula Que Las Misma es Que: "Realicen alcalde, Número de Operaciones de ventas o Prestaciones de Servicios con Sujetos Que no utilicen la factura de Como prueba del desembolso o del crédito fiscal Corresponda SEGÚN". DEBEMOS entendre Que Quienes requieren la factura de Como prueba del desembolso hijo los Contribuyentes del ISLR Que Realizan Actividades Económicas, MIENTRAS Que Los Que requieren activo probar el son los Contribuyentes crédito ordinarios del IVA.
Se establecen Como "literales" los "ordinales" del numeral 3 de la Providencia Administrativa predecesora.
8.3 (c)
Se Establece Que a Los Efectos de Este número se entenderá por Vehículo automotor any medio de transporte de tracción mecánica.
8.3 (d)
Se INCLUYEN Dentro de las Actividades Económicas Que de ser e Realizadas en forma concurrente con las Condiciones previstas en los dos Primeros numerales del Artículo 8 de la Providencia Administrativa, un Las Ventas de repuestos, Partes y Piezas de acondicionados aires, por Cierto Que Ahora por la forma tan singular de Redacción of this Nuevo literal quedarian excluídas Las Ventas de aires acondicionados. Entendemos Que Ello es error ONU Y Que Dicha activity is also Incluida.
8
Se INCLUYEN 5 Grupos de Actividades Económicas de las ya previstas en la Providencia Administrativa, las Cuales al Cumplir con Los Dos Primeros Requisitos del Artículo 8, deberan Emitir facturas Exclusivamente un Través de Máquinas fiscales.

q. Servicios de Alojamiento y hospedaje, prestados en hoteles, moteles, posadas y Casa de Huéspedes.
r. Servicios de alquiles de Cajas de Correo o Apartados postales (PO BOX).
s. Venta de electrodomésticos o SUS accesorios y repuestos.
t. Ventas de libros, papelerías y Artículos de oficina.
u. Venta de Muebles para el Hogar Y Oficinas.
8
Los Sujetos Pasivos Dedicados a las Actividades Económicas previstas en el literal j del numeral 3 (Servicio de comida y bebidas para su Consumo Dentro o Fuera de establecimientos de cuentos de Como: este restaurantes, bares, cantinas, cafés o SIMILARES; incluyendo los Servicios de comidas y bebidas a domicilio), Deben · emplear Como medio de Facturación obligatoria, Máquinas fiscales , INDEPENDIENTEMENTE de que Hayan obtenido o no la Cantidad de Ingresos previstos en el numeral 1 of this article.
10.7
Se Modifica el numeral 7 del Artículo 10 Relativo a las Razones Que justifican La Excepción un Emitir facturas por medio de Máquinas fiscales de los que estan obligados a Ello. En La Providencia 0257 se establecía Como una de la Excepciones La Ocasión en La que "el usuario Realice Operaciones Donde deba Emitir, por Solicitud del Cliente , Más De Una copia de la factura", ESTO cambia Ahora en los Siguientes: términos: "El usuario Realice Operaciones en Donde deba Emitir, por Solicitud del Cliente, Más de Una copia de la factura, por exigencias de Normas Legales o reglamentarias, Asi Como por Solicitud de Los Órganos y entes Públicos . " de forma que tal la exigencia de la factura ya no es del Cliente, Sino Que Dębe Estar amparado en Una norma legal o Reglamentaria o por exigencia exclusiva de Órganos y entes Públicos.
25
Se INCLUYE Un Nuevo article Que Establece Que las certificaciones de Débito exonerado Deben emitirse un Través de "Formatos" fiscales o "Formas libres", conforme de los Requisitos Que se establecen en DICHO article.

49
Se INCLUYE Un Nuevo article Que Establece Que "Queda expresamente prohibida a Los Sujetos prestadores de Servicios obligados al USO de Máquinas fiscales, señalados en el Artículo 8 de la Presente Providencia Administrativa, la emisión de any Otro Tipo de documento Distinto una facturas, Que sean utilizados para INFORMAR EL Monto parcial o total de las OPERACIONES de efectuadas , cuentos de Como: estados de Cuenta, Reportes Gerenciales, notas de Consumo Estados demostrativos Y Sus SIMILARES, AÚN CUANDO El Medio de emisión lo permita ". This in particular, Parece afectar a los restaurantes acostumbran Que Emitir ONU Resumen preliminar al cliente, los antes de la emisión de la factura definitiva.

Disposición Transitoria Primera
Se Establece Que las facturas Elaboradas de conformity con lo dispuesto en las Providencias Administrativas 0591 y la 0257 se podran Como utilizar Hasta agotar su existencia f. RESPECTO estafar a las facturas Elaboradas conforme de la Providencia Administrativa 0591, tal Disposición habia Sido omitida por error en la Providencia Administrativa 0257.

Disposición Transitoria Segunda
El sujeto m Pasivos Obligado un Como utilizar Máquinas Fiscales Dedicados a las Actividades Económicas enunciadas en el numeral 3 y en el cebador aparte del Artículo 8 of this Providencia Administrativa no contemplados en la Providencia Administrativa 0257 , Deben dar Cumplimiento un this obligation A partir del Primer Dia del tercer mes calendario de su entrada en vigencia. Esto Es el 01/02/2012.
Si el sujeto m pasivo Posee Más De la ONU Establecimiento o sucursal podra dar Cumplimiento un this obligation de Manera progresiva, utilizando, en los Locales Que aun no Haya Instalado la Máquina Fiscal, los medio de emisión previstos en los numerales 1 y 2 del Artículo 6 de this Providencia Administrativa. en TODO Caso, a partir de la Fecha Prevista en el encabezamiento de la Disposición this, Todos Los establecimientos o sucursales deberan Como utilizar Máquinas Fiscales .

Disposición Transitoria Tercera
Los Sujetos Pasivos Que inicien Actividades con posterioridad a la entrada en vigencia of this Providencia Administrativa, Que cumplan con Lo establecido en los numerales 2 y 3 del Artículo 8, estan obligados a · emplear, Exclusivamente, Máquinas fiscales Como medio de emisión de facturas Otros Documentos , INDEPENDIENTEMENTE Que Hayan obtenido o no la Cantidad de Ingresos establecidos en el numeral 1 del mencionado Artículo . Es factible de, Que Desarrollando la Actividad Económica Prevista en el numeral 3 del Artículo 8, Solo deberan verificar si las Operaciones Realizadas hijo mayormente con Quienes requieren las facturas respectivamente Como prueba del desembolso o el crédito fiscal, Lo que sé Evalúa conforme de las Operaciones del Año INMEDIATAMENTE anterior. Esto! Realmente da ONU Plazo de Al menos Un año a la Nueva Empresa para la Instalación de Máquinas fiscales.

Disposición Transitoria Cuarta
Las certificaciones de Débito fiscal exonerado Elaboradas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Presente Providencia Administrativa, podran Seguir utilizándose Hasta el Plazo de la ONU (01) Año, contado a partir de la Publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela , o Hasta agotarse su existencia f , Lo Que ocurra Primero . A partir de la post in this vigencia de Providencia Administrativa, Sólo podra solicitarse la elaboración de certificaciones de Débito fiscal exonerado A una Imprenta Autorizada, cumpliéndose con los Requisitos establecidos en la Providencia Administrativa Presente .

Vigencia
La Nueva Providencia entro en vigencia A partir de su publication en la Gaceta Oficial Nro. 37.795 del 08/11/2011 . Se derogo la norma predecesora.

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