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REQUISITOS PARA SOLICITAR LA EXENCIÓN DE ISLR PARA INSTITUCIONES BENÉFICAS Y DE ASISTENCIA SOCIAL SIN FINES DE LUCRO

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA EXENCIÓN DE ISLR PARA INSTITUCIO NES BENÉFICAS Y DE ASISTENCIA SOCIAL SIN FINES DE LUCRO 1. Carta De Solicitud de exención Dirigida A La Gerencia De Servicios Jurídicos Del Seniat, Utilizando Como Base Legal El Numeral 3 Artículo 14 De La Ley De Islr Y Art. 17 Reglamento Ley Islr 2. Timbres Fiscales Por 0,5 Unidades Tributarias (Bs.75) 3. Fotocopia Del Documento Constitutivo Y Sus Ultimas Modificaciones 4. Fotocopia Del Rif Actualizado 5. Fotocopia De La Cédula De Identidad Del Rep. Legal 6. Fotocopia Del Rif Del Rep. Legal Actualizado 7. En Caso De Tener Por Objeto De Índole Religioso Anexar Inscripción En La Dirección De Cultos Del Ministerio Del Interior Y Justicia 8. En Caso De Tener Por Objeto De Índole Educativo Anexar Inscripción En El Ministerio De Educación. En relación a las IGLESIAS, es menester dar a conocer nuestra opinión en relación a la gravabilidad de las ofrendas. Es nuestro parecer que para ser considerado un ingreso...

ANÁLISIS DE LOS FONDO DE RESERVA Y OTROS CREADOS EN LOS CONDOMINIOS

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En casi todos los condominios es usual que en los gastos mensuales  se cobren, adicionalmente a los gastos ordinarios del mes, montos destinados a cubrir necesidades actuales o futuras de la comunidad, estas “partidas”, son denominadas en la práctica  “fondos”. Así observamos por ejemplo las provisiones que exigen otras leyes como las prestaciones sociales, fondo inicial,  partida de inversión para mejoras o creación de nuevas áreas comunes y finalmente el mal llamado “Fondo de Reserva” que es a quien me dedicare en esta oportunidad a analizar. Realmente, en la ley de Propiedad Horizontal no existe artículo que indique u obligue el tratamiento de estos fondos de manera directa; pero en su artículo 18 establece que la administración de los condominios corresponde a la Asamblea de Propietarios, a la Junta de Condominio y al Administrador, y como es lógico pensar las finanzas para garantizar la operatividad requieren de financiamiento (y como es de esperarse a tod...

¿DEBO O NO DEBO AUTOFACTURARME EL AUTO CONSUMO?

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Hola querido lector:   Sé que muchos de los que leerán esto, no estarán de acuerdo y por eso aprovecho a recordarles, analicen, argumenten, discutan con sus asesores y decidan que harán, mi trabajo es poético, casi filosófico en un estado gobernado de manera extraña.   En esta oportunidad me consultan ¿Qué debo hacer con el auto consumo? Y aquí va una bomba… DEBES FACTURARLO A NOMBRE DE LA MISMA EMPRESA… las razones… ya te las explico…     Como lo señala la Reglamento de Ley de Impuesto Sobre la Renta (RLISLR) en su Artículo 177°:   Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a llevar y mantener en el domicilio fiscal o establecimiento a través de medios manuales o magnéticos cuando la Administración Tributaria lo autorice, la siguiente información relativa al registro detallado de entradas y salidas de mercancías de los inventarios, mensuales, por unidades y valores así como, los retiros y autoconsumo de bienes y s...

¿Como manejar mi agenda? Sera eso posible...

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Una de las preguntas que más me consultan como terapeuta, contador, asesor legal, metodólogo y otras es ¿Cómo manejo mi agenda? Para ser más preciso, no sentirme mal o culpable y ser efectivo y eficaz… eh aquí: Las 10 Recomendaciones para manejar su agenda.   1.   Recordar que el tie mpo no se puede controlar, lo que se deben administrar son los eventos. 2.   Utilizar al menos UNA AGENDA de 24 horas. como una poderosa herramienta increíble para clasificar lo importante frente a lo urgente, aunque muchos se dedican solo a lo urgente al punto de olvidar lo importante. 3.   Saber decir “NO” a otros asuntos menos importantes sin remordimientos ni temores por las emociones de otros... esa no es su responsabilidad. 4.   Recordar que la vida es tan breve como para perderla en eventos improductivos y sin valor.... no sea un muerto viviente del tiempo. 5.   Gerenciar todo el tiempo un sistema de planificación personal. 6.   Crea...

LICENCIA DE PATERNIDAD ¿La esposa del trabajador se le complico el parto debo darle 14 o 28 días de licencia?

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Hola Querido lector desasistido:   A tu pregunta de ¿La esposa del trabajador se le complico el parto debo darle 14 o 28 días de licencia? Te respondo:   La LOTTT, en su titulo Licencia por paternidad, Artículo 339 Señala: “Todos los trabajadores tendrán derecho a un permiso o licencia remunerada por paternidad, de catorce días continuos contados a partir del nacimiento de su hijo o hija o a partir de la fecha en que le sea dado o dada en colocación familiar por parte de la autoridad con competencia en materia de niños, niñas y adolescentes. (…)”   Igualmente LEY PARA PROTECCIÓN DE LAS FAMILIAS, LA MATERNIDAD Y LA PATERNIDAD (LPFMP) promulgada en Caracas, jueves 20 de septiembre de 2007 N° 38.773. Señala:   Licencia de paternidad. Artículo 9.- El padre disfrutará de un permiso o licencia de paternidad remunerada de catorce días continuos, contados a partir del nacimiento de su hijo o hija, a los fines de asumir, en condiciones de igua...

LUCRO, GANANCIA MÁXIMA O RÉDITOS EN VENEZUELA

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  LUCRO, GANANCIA MÁXIMA O RÉDITOS EN VENEZUELA    Se debe comenzar por indicar que, mediante el Decreto No. 1.435 publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6.152 del 18 de noviembre de 2014, fue promulgada la Reforma a la Ley de Impuesto sobre la Renta   efecto a muchas organizaciones y personas de manera diferente unas más que otras. Es mi recomendación como profesional que es hora de reunir a sus socios, esposa, guía espiritual, asesor legal corporativo, contador y todas las personas que son importante en la toma de sus decisiones para que se planifiquen de manera optima. La vigencia de estas reformas afectan a los ejercicios que inician a partir del 18 de Noviembre, es por ello la premura que de que proceda a estudiar su realidad. Ahora existe mucho marco legal para definir cual precio es justo, que no es costos (ejemplo los servicios de las deudas para capital de trabajo) y cuales son o no deducibles del impuesto de la renta.   ...

Dirección electronica... ¡NO ES CUESTION DE JUEGOS!

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OJO. Cuidado con el correo que coloca en la Actualización del SENIAT.   Como vera actualmente (en la foto de este escrito esta un ejemplo) el SENIAT está pidiendo verificar el correo y actualizarlo, en otrora los contadores o administradores colocábamos el nuestro personal, sin embargo, recuerde que lo que reciba en ese correo lo lea o no… perfeccionará los actos entre usted y el SENIAT como administración tributaría nacional…   Dice el mensaje que esta “Sera considerado como Domicilio Electrónico” conforme a lo señalado en el Artículo 34 del Código Orgánico Tributario (COT): “   Artículo 34 : La Administración Tributaria y los contribuyentes o responsables, podrán convenir adicionalmente la definición de un domicilio electrónico, entendiéndose como tal a un mecanismo tecnológico seguro que sirva de buzón de envío de actos administrativos. Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 31, 32 y 33 de este Código, la Administración Tributaria Naci...