martes, 13 de septiembre de 2016

Nueva Exoneración del IVA (Venezuela)



La Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela público según Gaceta Oficial N° 40.980 de fecha 2 de septiembre de 2016, el Decreto N° 2.448, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a las ventas de bienes muebles corporales y las prestaciones de servicios enumeradas en los Artículos 5º y 6º de este Decreto (Recomiendo leerlo porque la lista es amplia) efectuadas a los Órganos o Empresas del Estado que se dediquen exclusivamente a las actividades de administración, diseño, construcción, instalación, operación, mantenimiento, funcionamiento, repotenciación, modernización, reconstrucción y expansión de los sistemas de transporte masivo de pasajeros por vía exclusiva, subterránea, elevada o a nivel, del tipo metro, trolebús y ferroviario.


La importancia de este decreto es su duración la cual es de 5 años partir del 5to día publicado en gaceta, es decir 10 de septiembre, su vigencia es hasta el 10-09-2021 y su aplicación es solo para los hechos imponibles ocurridos en ese lapso

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