Entradas

Mostrando entradas de enero, 2016

Reforma de la Ley de Impuesto Sobre La Renta Año 2015 (Venezuela)

Imagen
En la Gaceta Oficial extraordinaria Nro. 6.210 del 30/12/2015 se publica la Reforma parcial del texto de la Ley de ISLR. Esto mediante Decreto con Rango, fuerza y valor de Ley Nro. 2.163 modifica a los artículos 5, 32, 52, 86 (Ahora artículo 84); 173 (Ahora artículo 171) y 195 (Ahora artículo 193). Dicha reforma suprime dos artículos (El 56 y 57). El artículo que refiere a la vigencia de la Ley también es reformado, (Artículo 200, ahora el 198). En razón de la supresión de dos artículos, desde el anterior artículo 58 y todos los demás que le siguen, quedan con una numeración adecuada a dicha modificación del correlativo. Con la modificación de los artículos 5 y 32 de la LISLR, se realiza un cambio relevante a efectos de determinar el enriquecimiento neto a partir del cual determinar el tributo, el artículo 5  establece que las rentas ahora se considerarán disponibles en el ejercicio fiscal en que se realicen las operaciones que les producen, es decir, cuando se causen, m...

Comentarios de la nueva Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras.

Imagen
Mientras muchos se preparaban como de costumbre para la cena de fin de año, los tributaristas, contadores, administradores, empresarios y todos los ciudadanos afines a la organización estábamos pendiente de los anuncios presidenciales, en estos días estaré haciendo mi comentario de aquellas leyes que poco a poco ire leyendo, aclaro son mis comentarios, tal vez algunos estén limitados, o se queden corto frente a tantos cambios, por ello no me considero experto en estas leyes y considero sería prematuro que alguien diga que lo es. Comienzo por comentar lo señalado en el Decreto con Rango, Valor o Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras , publicado en la Gaceta Especial 6.210 Decreto N° 2.163 de fecha miércoles 30 de Diciembre del año 2015, en su Artículo 4, donde frases menos o frases más, califica, que toda persona natural o jurídica que sea Sujeto Pasivo Especial deberá cancelar este tributo al consumo. Señala la misma norma citada en su Artícul...

TRASTORNO ALIMENTARIO DE RUMIACIÓN O FALTA DE DISCIPLINA AL COMER.

Imagen
El DSM IV define: La característica esencial del trastorno de rumiación es la regurgitación y nueva masticación repetidas de alimento que lleva a cabo un niño tras un período de funcionamiento normal y que dura por lo menos 1 mes (Criterio A). Hacen su aparición en la boca alimentos parcialmente digeridos sin que aparentemente se asocien a ello náuseas, arcadas, disgusto o alguna enfermedad gastrointestinal. Entonces, el alimento es arrojado de la boca o, más frecuentemente, masticado y vuelto a deglutir. Los síntomas no se deben a una enfermedad gastrointestinal asociada ni a otra enfermedad médica (p. ej., síndrome de Sandifer, reflujo esofágico) Como se lee para la Psicología la rumiación en infantes (en adultos como síntoma de la bulimia o anorexia nerviosa) puede tener causas múltiples que deben ser determinadas por el experto, sin embargo en este escrito se dedica a diferenciarlo de los hábitos anormales alimenticios o la falta de disciplina al comer. Los hábitos son lo ...