¿DEBO O NO DEBO AUTOFACTURARME EL AUTO CONSUMO?
Hola querido lector: Sé que muchos de los que leerán esto, no estarán de acuerdo y por eso aprovecho a recordarles, analicen, argumenten, discutan con sus asesores y decidan que harán, mi trabajo es poético, casi filosófico en un estado gobernado de manera extraña. En esta oportunidad me consultan ¿Qué debo hacer con el auto consumo? Y aquí va una bomba… DEBES FACTURARLO A NOMBRE DE LA MISMA EMPRESA… las razones… ya te las explico… Como lo señala la Reglamento de Ley de Impuesto Sobre la Renta (RLISLR) en su Artículo 177°: Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a llevar y mantener en el domicilio fiscal o establecimiento a través de medios manuales o magnéticos cuando la Administración Tributaria lo autorice, la siguiente información relativa al registro detallado de entradas y salidas de mercancías de los inventarios, mensuales, por unidades y valores así como, los retiros y autoconsumo de bienes y s...