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ANÁLISIS DE LOS FONDO DE RESERVA Y OTROS CREADOS EN LOS CONDOMINIOS

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En casi todos los condominios es usual que en los gastos mensuales  se cobren, adicionalmente a los gastos ordinarios del mes, montos destinados a cubrir necesidades actuales o futuras de la comunidad, estas “partidas”, son denominadas en la práctica  “fondos”. Así observamos por ejemplo las provisiones que exigen otras leyes como las prestaciones sociales, fondo inicial,  partida de inversión para mejoras o creación de nuevas áreas comunes y finalmente el mal llamado “Fondo de Reserva” que es a quien me dedicare en esta oportunidad a analizar. Realmente, en la ley de Propiedad Horizontal no existe artículo que indique u obligue el tratamiento de estos fondos de manera directa; pero en su artículo 18 establece que la administración de los condominios corresponde a la Asamblea de Propietarios, a la Junta de Condominio y al Administrador, y como es lógico pensar las finanzas para garantizar la operatividad requieren de financiamiento (y como es de esperarse a tod...